Este trabajo aborda el tema de la formación y funcionamiento de las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor y derechos conexos, a partir de la necesidad de los autores de velar por el respeto y protección de sus derechos patrimoniales como autores de obras artísticas o, como intérpretes o ejecutantes de las mismas, según sea el caso. Se plantea la forma de organización de estas sociedades, sus características y el papel que juega el Estado para garantizar el cumplimiento de los objetivos de las mismas, así como la capacidad que les otorga el ordenamiento jurídico para hacer efectivo el ejercicio de las acciones pertinentes,a fin de obtener la recaudación de las ganancias obtenidas por los usuarios derivados de la utilización de los bienes pertenecientes a los autores. Nuestra legislación asume en la Ley número 312, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, y en su Reglamento, la figura de la sociedad de gestión, regula su funcionamiento y le otorga facultades para ejercer los derechos de los autores, bajo la tutela del Estado; sin embargo, la actividad de estas entidades ha tenido dificultades en nuestra nación y en otros países, por el rechazo manifiesto de la sociedad bajo el argumento de que se pretende coartar el derecho individual al uso y disfrute de las creaciones artísticas y culturales.