Mostrar registro simples

dc.contributorTovar, Luis Freddyur
dc.creatorLemos Almanza, María Paula
dc.date2024-06-17T21:51:42Z
dc.date2024-06-17T21:51:42Z
dc.date2021
dc.date.accessioned2026-10-15T17:10:49Z
dc.date.available2026-10-15T17:10:49Z
dc.identifierhttps://vitela.javerianacali.edu.co/handle/11522/2846
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/188512
dc.descriptionCuando se habla de la justicia, entendida dentro del contexto del conflicto armado interno colombiano, son muchas las voces críticas, argumentativas y lógicas las que resuenan en los libros de texto; suele parcializarse en razón de tendencias políticas o intereses efímeros de algunos sectores que demandan la aplicación de medidas punitivas en el desarrollo de su idea de justicia. Pero al costado de estas teorías punitivas surgen intereses más profundos y legítimos de justicia, ya no de la que demanda una sociedad de expertos, sino la que exige una sociedad de víctimas, quienes vivieron los hechos que hoy la reclama, tras el conflicto armado interno con la guerrilla de las FARC-EP. En consecuencia, cuando el derecho se encuentra con la necesidad de brindar justicia, pero con un componente reparador integral y transformador de la realidad material y jurídica de las víctimas, es que nacen los nuevos avances de la idea de una justicia transicional que tiene miras a su desarrollo en el entorno social, al lado de las víctimas, sin olvidar u omitir la legalidad del Estado Social de Derecho y sus marcos normativos, pero valiéndose de estas herramientas para lograr la superación no sólo de los daños, sino que también buscar la solución de las causas que dieron origen al daño. Por lo anterior, teóricamente el concepto de justicia transicional ha sido estudiado históricamente como la mejor manera para dar el tránsito de un estado de conflicto armado a otro que surge de la confrontación bélica, lo que pudiera denominar, el estado del arte. Por esta razón puede afirmarse que contemporáneamente el concepto de justicia transicional ha evolucionado teóricamente y con él, la correlativa valoración de la reparación integral. En efecto establece la teoría que el fin de la justicia transicional es buscar un concepto de justicia moralmente válido que satisfaga, mínima, pero a la vez completo, las exigencias de sanción por las acciones atroces producidas por la guerra y las expectativas de superación de los daños, materiales y morales, padecidas por las víctimas.
dc.format52 p.
dc.formatapplication/pdf
dc.formatapplication/pdf
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherPontificia Universidad Javeriana Cali
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.subjectConflicto armado
dc.subjectJusticia
dc.subjectGuerrilla
dc.subjectEstado social de derecho
dc.titleReparación transformadora a las víctimas del conflicto armado colombiano
dc.typehttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1f
dc.typeTesis/Trabajo de grado - Monografía - Pregrado
dc.typehttps://purl.org/redcol/resource_type/TP


Arquivos deste item

ArquivosTamanhoFormatoVisualização

Não existem arquivos associados a este item.

Este item aparece na(s) seguinte(s) coleção(s)

Mostrar registro simples


© AUSJAL 2022

Asociación de Universidades Confiadas a la Compañía de Jesús en América Latina, AUSJAL
Av. Santa Teresa de Jesús Edif. Cerpe, Piso 2, Oficina AUSJAL Urb.
La Castellana, Chacao (1060) Caracas - Venezuela
Tel/Fax (+58-212)-266-13-41 /(+58-212)-266-85-62

Nuestras redes sociales

facebook Facebook

twitter Twitter

youtube Youtube

Asociaciones Jesuitas en el mundo
Ausjal en el mundo AJCU AUSJAL JESAM JCEP JCS JCAP