| dc.description.abstract | En 2018 el Parlamento uruguayo aprobó la Ley Integral para Personas Trans (Ley 19.684, en adelante “Ley Trans”), una ley extremadamente progresista que representó un avance significativo en el acceso a derechos para las personas trans. Esta ley contaba con algunos artículos controversiales que se alejaban de las preferencias del votante mediano. La ley simplificó los trámites para acceder al cambio de nombre y de sexo registral; entre los servicios que debe prestar el sistema nacional de salud incluyó las intervenciones quirúrgicas y hormonales para la adecuación del sexo al género, contemplando incluso a los menores de edad; estableció acciones afirmativas en el ámbito laboral y educativo; así como una política de reparación económica para las personas trans, nacidas antes de 1975, víctimas de violencia estatal por su condición de género. Esta ley es un caso singular en América Latina ya que, si bien existen otras leyes dirigidas a esta población, ninguna es integral como la uruguaya. Si bien al momento de adopción de esta ley Uruguay tenía en el gobierno a un partido de izquierda, el Frente Amplio (FA), que concentraba los apoyos a la reforma, también es cierto que este tipo de tema no suele ser un asunto natural para las izquierdas. Más específicamente, la controversia que despiertan este tipo de leyes puede ser vistas por algunos políticos como un riesgo electoral. Por ello, la literatura ha señalado que estas reformas requieren amplia movilización social como forma de presionar sobre los políticos y sobre la opinión pública. Sin embargo, este requisito no se cumplía en Uruguay, pues el movimiento trans era débil, fragmentado y carecía de capacidad para movilizar en acciones disruptivas ¿Cómo logró este movimiento tener éxito político? La literatura sobre movimientos sociales y vínculos de estos movimientos con los partidos políticos sugiere que los actores sociales pueden influir sobre el sistema político si tienen alguna capacidad transaccional con los partidos. En sus interacciones con políticos, los movimientos sociales pueden apelar a: recursos materiales, recursos de movilización electoral y capacidad disruptiva o de amenaza. Sin embargo, en este trabajo argumento, que los movimientos sin capacidad transaccional –es decir, grupos que no cuentan con los recursos anteriores–, como el movimiento trans en Uruguay, pueden avanzar su agenda política, incluso en cuestiones muy conflictivas o divisorias, cuando se convierten en grupos de interés (constituencies) dentro de los partidos. La teoría constitutiva en la que se basa este trabajo, en cambio, no presupone un intercambio entre actores sociales y políticos. Más bien, los mecanismos constitutivos permiten que los actores sociales que carecen de influencia transaccional promuevan sus agendas convirtiéndose en electorados (constituecies) dentro de los partidos. Los grupos que carecen de recursos materiales, de recursos de movilización o recursos disruptivos, no pueden realizar transacciones con los políticos para perseguir sus objetivos. Sin embargo, si estos grupos tienen una afinidad ideológica con un partido, y si el partido proporciona mecanismos formales o informales para ejercer voz efectiva a su interior, los grupos sociales podrán promover sus agendas cuando estén enraizados en el partido. Esto implica un proceso gradual para persuadir a los miembros y dirigentes del partido de que la agenda de los grupos es una extensión lógica de las posiciones ideológicas del partido. Siguiendo a McAdam y Tarrow (2010) y Tarrow (2021), este trabajo combina la literatura de movimientos sociales y política contenciosa, con los estudios sobre partidos políticos y política electoral. Este trabajo especifica un mecanismo que conecta el movimiento trans uruguayo, un movimiento sin poder, con la agenda del FA para hacer avanzar la Ley Trans. Además, el trabajo busca contribuir a la literatura específica sobre política y género y derechos sexuales que explica el origen de estas leyes. | |