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dc.contributorSolís Rosales, Juana, autora
dc.contributorUniversidad Rafael Landívar Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, asesor
dc.date2003
dc.date.accessioned2025-10-23T19:58:26Z
dc.date.available2025-10-23T19:58:26Z
dc.identifierURL01000000000000000089859
dc.identifier(Aleph)000089859URL01
dc.identifieralma:502URL_INST/bibs/990000898590107696
dc.identifierhttps://crailandivarlibrary.alma.exlibrisgroup.com/discovery/delivery/502URL_INST:502URL/12127576770007696
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/173797
dc.descriptionToda persona sometida a proceso penal tiene derecho a una defensa técnica para que lo represente, y por esa razón la Constitución Política de la República y los Tratados y Convenios en materia de Derechos Humanos obliga al Estado a proporcionar el Servicio de Defensa Pública Penal, en los casos donde los procesados no puedan o no quieran nombrar a un abogado de su confianza. Se ha hecho intentos para cumplir con este deber estatal, impulsando estrategias con la finalidad de hacer efectiva la formalidad procesal ,sin embargo no se logra con el objetivo para el cual se prevé.El gobierno consciente de ésta problemática lo cual debilita el sistema de justicia, se comprometió al suscribir y firmar los Acuerdos de Paz a instituir el servicio. Se emite la Ley que la rige, a pesar de ello, los resultados no son los esperados, incumpliéndose con la formalidad procesal del derecho de todo procesado a una defensa técnica el cual constituye un elemento fundamental en el Estado Democrático de Derecho, en virtud de que una defensa efectiva consolida el Estado de Derecho y garantiza un debido proceso.Para que un servicio esencial llegue a la población al cual va dirigida,se necesita de políticas públicas estatales, de una ley funcional ya aplicable a nuestra realidad nacional, de un presupuesto acorde no solo a las necesidades propias de la institución responsable del servicio, sino que sea lo suficientemente amplio para ejecutar políticas públicas sectoriales, de corto, mediano y largo plazo,proyectos programas etc. con el objetivo de cumplir con el espíritu dela ley, porque sin la presencia de los dos elementos anteriores no podrían formularse la políticas institucionales que haga efectiva la prestación del servicio.Este documento consta de tres partes, la primera presenta el marco contextual, donde se describe los tipos de Estado, el marco referencial contiene el problema a abordar, los objetivos del trabajo,y la estructuración del Instituto de la Defensa Pública Penal de acuerdo a la Ley que la rige y los programas de acción. La segunda,muestra el resultado obtenido de acuerdo a la hipótesis formulada ,las conclusiones y recomendaciones, y la tercera parte donde se incluyen como anexos, la propuesta efectuada por la alumna de6formulación de una política a mediano plazo, el anteproyecto de reforma a la Ley Orgánica del Instituto y la trascripción del Acuerdo Sobre el Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército de una Sociedad Democrática.
dc.descriptionTesario Virtual Universidad Rafael Landívar. / Tesis de Posgrado. Facultad de Ciencias Políticas y Sociales. / Magíster en Políticas Públicas. Tesis.
dc.descriptionTesis Magister (Maestría en Políticas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Políticas y Sociales.
dc.descriptionModo de acceso : Internet.
dc.languagespa
dc.languageEspañol.
dc.languagespa
dc.subjectPolítica gubernamental
dc.subjectCiencias políticas.
dc.subjectEstado nacional.
dc.subjectAdministración de justicia.
dc.subjectDefensa (Procedimiento penal).
dc.subjectTratados de paz
dc.subjectPolítica gubernamental.
dc.titleLa defensa pública penal, un servicio esencial del Estado. /
dc.typesoftware, multimedia


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