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dc.contributorMonterroso Martínez, Luis Alfredo. autor
dc.date1996
dc.date.accessioned2025-10-23T19:52:28Z
dc.date.available2025-10-23T19:52:28Z
dc.identifierURL01000000000000000032699
dc.identifier(Aleph)000032699URL01
dc.identifieralma:502URL_INST/bibs/990000326990107696
dc.identifierhttps://crailandivarlibrary.alma.exlibrisgroup.com/discovery/delivery/502URL_INST:502URL/12141519580007696
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/172810
dc.descriptionEn el medio se ha generalizado y ha sido aceptado por todos aquéllos vinculados de una u otra forma al cotidiano hacer del notario, que instrumento público no es más que una especie del género - documento, ya que lo que caracteriza al primero, es la intervención del notario en su autorización, de manera que el instrumento público, no es más que el documento autorizado por notario. Ante ese nuevo mecanismo de convalidar sus actos, el hombre a través del tiempo ha tratado de satisfacer y cumplimentar los requisitos mínimos que debe contener todo instrumento público y con ello lograr su validez, seguridad y eficacia frente a terceros. Por ello, se tiene presente la importancia que reviste la participación del documento en todas aquellas situaciones de derecho en que se ve inmersa la actividad del hombre y los medios para convalidar sus declaraciones de voluntad y garantizar su existencia a través del tiempo y el espacio. Es así como nace la inquietud de desarrollar el presente trabajo, con el objeto de establecer y determinar qué es el instrumento público y cuáles son sus requisitos, cuáles son aquellos elementos que por excelencia son indispensables en la integración del mismo, cuáles son los considerados no esenciales o por qué no decirlo, cuáles son aquéllos que no perjudican el documento, qué efecto produce en los diferentes supuestos y cuáles son los mecanismos de subsanación, y por último es de suma importancia que se tome en consideración la responsabilidad que conlleva el ejercicio de la función notarial. Es por ello que, el presente trabajo tiene por objeto llamar a la reflexión a todas aquellas personas a quienes se les ha conferido el título de notario, para que su labor no estribe estrictamente en convalidar el negocio jurídico, sino su función tenga por objeto autorizar el instrumento perfecto, el cual sea susceptible de supervivir en el tiempo y en el espacio, susceptible de hacerse valer frente a terceros, teniendo claro que el negocio jurídico es independiente del instrumento público, y en ambos supuestos, es preciso determinar la participación consciente del notario, por cuanto que la convalidación del acto interno no conlleva la del acto externo.
dc.descriptionTesario Virtual Universidad Rafael Landívar. / Tesis de Grado. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. / Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales. Tesis.
dc.descriptionAbogado y Notario.
dc.descriptionTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.
dc.descriptionModo de acceso: Internet.
dc.languagespa
dc.languageEspañol.
dc.languagespa
dc.subjectDerecho
dc.subjectDocumentos legales
dc.subjectDerecho notarial
dc.subjectInstrumentos legales
dc.titleAnormalidades del instrumento público sus efectos y subsanación /
dc.typesoftware, multimedia


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