Incumplimiento del principio incontinenti por el notario en el faccionamiento de la escritura pública
Description
El presente trabajo de investigación contiene un análisis Doctrinario y Legal acerca del Incumplimiento del principio Incontinenti por el Notario en el faccionamiento de la Escritura Pública, con el cual se pretende analizar qué implicaciones jurídicas conlleva la no aplicación de este Principio en la elaboración de la Escritura, así mismo dar a conocer a que se refiere, puesto que el Principio Incontinenti no es muy conocido en cuanto a su denominación pero si en su aplicación, es por ello que diremos en breves palabras que el Principio Incontienenti se refiere al perfeccionamiento del negocio jurídico mediante algo escrito en este caso mediante la Escritura Pública dando esta un resultado a la voluntad de las partes y seguidamente de la firma de los otorgantes como del Notario autorizante en un mismo acto; es decir firman en el mismo día y tiempo tanto requirentes como Notario para de este modo brindar certeza jurídica al acto celebrado dando confianza y seguridad a los otorgantes. El trabajo está enfocado a Analizar el fortalecimiento y mejoramiento de la aplicación de este principio para brindar certeza jurídica a las partes contratantes. Establecer un nivel de confiabilidad Jurídica entre Notario y los requirentes, faccionando de la Escritura a través del Principio Incontienenti es decir firmando tanto Notario como Contratantes en un mismo acto, puesto que es el Notario Un profesional del derecho que ejercer una función Pública para robustecer con una presunción de verdad actos en que interviene, para solemnizar, dar forma legal y correcta formación del negocio jurídico.Abogado y Notario
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Tesis Licenciatura (Abogado y Notario) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales