Análisis jurídico del status del embrión humano
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No sería correcto pretender valorar la vida desde momentos distintos, haciendo referencia a elementos puramente accidentales. La vida inicia con la fusión de los gametos masculinos y femeninos, a partir de ese momento empieza un proceso de desarrollo que no se detendrá hasta la muerte. Si puede comprobarse científicamente que la vida ha iniciado en el momento de la concepción, debe valorarse ahora filosóficamente ¿cuál es la situación de ese nuevo ser que se ha formado?, así pues, corresponde valorar desde el punto de vista ontológico la realidad de la nueva vida, la cual, por proceder de seres dotados de cierta naturaleza responderá a esa naturaleza, en este caso particular, a la humana. Continuar el análisis valorando jurídicamente como persona a ese nuevo ser es la única conclusión viable a partir de la información obtenida.Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales