Show simple item record

dc.contributorRamírez De León, Alexia Migdalia Ernestina
dc.date2015
dc.date.accessioned2024-08-01T14:31:05Z
dc.date.available2024-08-01T14:31:05Z
dc.identifierhttp://recursosbiblio.url.edu.gt/tesiseortiz/2015/07/01/Ramirez-Alexia.pdf
dc.identifierURL01000000000000000193504
dc.identifier(Aleph)000193504URL01
dc.identifieralma:502URL_INST/bibs/990001935040107696
dc.identifierhttps://crailandivarlibrary.alma.exlibrisgroup.com/discovery/delivery/502URL_INST:502URL/1285379740007696
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/155523
dc.descriptionLa sentencia que se analizó es la dictada dentro del expediente 2729-2011 relativo a la reforma al artículo 100 del código de Notariado, que a su vez hace referencia la obligación que tienen los notarios de emitir los avisos y testimonios en los plazos determinados en los artículos 37y 38 del Código de Notariado, sin embargo el Congreso de la Republica quiso reformar el artículo 100 del código de Notariado por medio del artículo 69 de la ley de Extinción de Dominio, imponiendo multas sancionatorias a los notarios que omitieran emitir o enviar los avisos que por ley deben expedir, así como los testimonios y testimonios especiales al Director del Archivo General de Protocolos por el 100% de los honorarios que ellos devengarían por servicios profesionales, aduciendo que esa multa fue basada al arancel que rige a los notarios guatemaltecos, sin embargo el instituto Guatemalteco de Derecho Notarial por medio de su presidente y representante legal, planteó acción de inconstitucionalidad general parcial argumentando que la reforma que se planteó era confiscatoria, desigual y dispersa del Código de Notariado vulnerando de esa manera los artículos 12, 41, 2 de la Constitución Política de la República de Guatemala, incumpliendo el artículo 101 del Código de Notariado y el segundo considerando donde indica que al modificarse o reformarse alguna parte del Código de Notariado debe ser congruente a la normativa, habiendo la Corte de Constitucionalidad analizar de una forma doctrinaria, legal y jurisprudencial y evidenciado la violación al artículo 46 constitucional declarando con lugar la inconstitucionalidad general parcial de la reforma al artículo 100 del Código de Notario.
dc.descriptionAbogado y Notario
dc.descriptionTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.languagespa
dc.languagespa
dc.titleAnálisis jurisprudencial del expediente 2729-2011 de la Corte de Constitucionalidad, reforma al artículo 100 del código de notariado
dc.typesoftware, multimedia


Files in this item

FilesSizeFormatView

There are no files associated with this item.

This item appears in the following Collection(s)

Show simple item record


© AUSJAL 2022

Asociación de Universidades Confiadas a la Compañía de Jesús en América Latina, AUSJAL
Av. Santa Teresa de Jesús Edif. Cerpe, Piso 2, Oficina AUSJAL Urb.
La Castellana, Chacao (1060) Caracas - Venezuela
Tel/Fax (+58-212)-266-13-41 /(+58-212)-266-85-62

Nuestras redes sociales

facebook Facebook

twitter Twitter

youtube Youtube

Asociaciones Jesuitas en el mundo
Ausjal en el mundo AJCU AUSJAL JESAM JCEP JCS JCAP