Análisis técnico jurídico de la función del consultor técnico dentro del proceso penal guatemalteco como garante del diligenciamiento adecuado de la prueba
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El Proceso Penal, desde que se instauro en nuestro sistema de justicia, se ha basado en la oralidad como principio fundamental, su principal objetivo es la averiguación de un hecho producto de la manifestación humana, el cual puede ser señalado como delito o falta dependiendo de la afectación que produzca a la víctima o a la sociedad y como consecuencia es el Ministerio Público quien tiene a su cargo la investigación, facultad de carácter constitucional, que consiste en llegar a establecer las circunstancias en las cuales se pudo haber cometido el hecho delictivo. Dicha atribución abarca establecer hipotéticamente la probable participación del sindicado, y es en ese momento en donde el ente investigador tiene la potestad de identificar de forma más rápida y eficaz los medios de investigación y prueba permitidos por la ley, que se refieran directa o indirectamente al objeto de la averiguación, en donde aparece con un papel fundamental el CONSULTOR TÉCNICO, en virtud de que los abogados y fiscales no tienen la posibilidad de comprender, analizar y criticar una prueba pericial por la falta de conocimientos en determinada materia. Por ello la ley prevé que durante la etapa preliminar, preparatoria y en el debate en su fase oral y pública las partes puedan ser apoyadas por Consultores Técnicos para poder controlar así, el actuar de los peritos durante la práctica de la pericia o al momento de rendir el dictamen y con ello conseguir objetivamente la averiguación de la verdad, y se pueda pronunciar una sentencia o resolución apegada a derechoTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales