El alcance de la responsabilidad de los accionistas de las Sociedades de Emprendimiento
Description
Las Sociedades de Emprendimiento son personas jurídicas de carácter mercantil adicionadas al ordenamiento jurídico guatemalteco como innovadoras, ya que cuentan con características distintas a las demás sociedades mercantiles. Las Sociedades de Emprendimiento están orientadas específicamente con el objeto de “emprender” procesos y productos dentro del comercio específico con la intención de innovar, por lo que su objeto es de carácter limitado, ya que se tiene que cumplir específicamente con lo dispuesto en ley para su creación, sin embargo, estas sociedades, a diferencia de las demás sociedades mercantiles reconocidas en el Código de Comercio, tienen regulado que la responsabilidad penal de los accionistas de estas sociedades es solidaria y subsidiaria. Al ser la responsabilidad penal solidaria y subsidiaria y no personal atribuye responsabilidad penal a accionistas que probablemente no fueron parte de hechos tipificados como delitos, aspecto que no es considerado jurídicamente viable y atractivo para la constitución de Sociedades de Emprendimiento. Es imperativo resaltar que, como norma general, todas las personas jurídicas reconocidas dentro del ordenamiento jurídico guatemalteco cuentan con la misma regulación penal para la comisión de delitos por parte de las personas jurídicas, sean de carácter mercantil o civil, por lo que se considera un grave error que las Sociedades de Emprendimiento cuenten con una regulación distinta y mal desarrollada a un aspecto tan importante como la responsabilidad penal derivada de hechos tipificados como delitosModo de acceso Internet
Tesis de Grado
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales