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dc.contributorMatías Recinos, Eber Estuardo
dc.date2018
dc.date.accessioned2024-07-30T15:48:23Z
dc.date.available2024-07-30T15:48:23Z
dc.identifierhttp://biblio3.url.edu.gt/publijrcifuente/TESIS/2018/07/01/Matias-Eber.pdf
dc.identifierURL01000000000000000218102
dc.identifier(Aleph)000218102URL01
dc.identifieralma:502URL_INST/bibs/990002181020107696
dc.identifierhttps://crailandivarlibrary.alma.exlibrisgroup.com/discovery/delivery/502URL_INST:502URL/1285529980007696
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/152862
dc.descriptionUn grupo delictivo organizado u organización criminal, es cualquier grupo estructurado de tres o más personas, que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente, con el propósito de cometer uno o más delitos de los establecidos en el Decreto 21-2006 del Congreso de la República, Ley Contra la Delincuencia Organizada. Cuando sea necesario evitar, interrumpir o investigar la comisión de los delitos regulados en la Ley Contra la Delincuencia Organizada, podrá interceptarse, grabarse y reproducirse, con autorización judicial, comunicaciones orales, escritas, telefónicas, radiotelefónicas, informáticas y similares que utilicen el espectro electromagnético, así como cualesquiera de otra naturaleza que en el futuro existan. El objetivo de la presente investigación es determinar la importancia jurídica de la valoración de la interceptaciones telefónicas como medios de prueba científicos obtenidos mediante un procedimiento de cotejo con la fonética forense por expertos en la materia, ya que las mismas solo son utilizadas como indicios y de manera meramente referencial en la audiencia inicial para poder crear la duda en el Juzgador y con ello ligar a proceso a los presuntos implicados, sin embargo en la etapa intermedia y posterior debate oral y público no son aportados ni diligenciados y valorados respectivamente por no constar en el proceso de mérito como pruebas, porque las mismas no fueron cotejadas por un perito experto en materia de fonética forense para determinar efectivamente que la voz de la escucha telefónica interceptada corresponde o no al sindicado para poder deducirle responsabilidad penal y con ello emitir una sentencia ajustada a derecho
dc.descriptionAbogado y Notario
dc.descriptionTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.languagespa
dc.languagespa
dc.titleLa importancia jurídica de la valoración de las interceptaciones telefónicas como medios de prueba científicos obtenidos mediante un procedimiento de cotejo con la fonética forense por expertos en la materia
dc.typesoftware, multimedia


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