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dc.contributorSantizo Prado, Ingrid Geomara
dc.date2014
dc.date.accessioned2024-07-30T14:53:21Z
dc.date.available2024-07-30T14:53:21Z
dc.identifierhttp://biblio3.url.edu.gt/Tesario/2014/07/01/Santizo-Ingrid.pdf
dc.identifierURL01000000000000000185709
dc.identifier(Aleph)000185709URL01
dc.identifieralma:502URL_INST/bibs/990001857090107696
dc.identifierhttps://crailandivarlibrary.alma.exlibrisgroup.com/discovery/delivery/502URL_INST:502URL/1285338460007696
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/152134
dc.descriptionSe tiene como finalidad resolver la pregunta de investigación planteada: ¿Los mecanismos establecidos en la ley de inmovilización voluntaria de bienes registrados en su artículo cuatro son inoperantes toda vez que son inadecuados para el solicitante? Asimismo, se pretende alcanzar los objetivos siguientes: Establecer que el artículo cuatro de la ley de inmovilización voluntaria de bienes registrados decreto 62-97 actual, no es totalmente operante en aras del derecho de propiedad. Es preciso determinar en primera instancia que los requisitos que establece el artículo cuatro de la ley de inmovilización voluntaria de bienes registrados, son onerosos y de difícil acceso para el solicitante, por lo que obstaculiza el derecho que la Constitución Política de la República de Guatemala como ley suprema establece en su artículo treinta y nueve. Finalmente, se pretende determinar que es necesario que existan mecanismos más sencillos, accesibles y acorde a las necesidades del solicitante atreves de una reforma legal en la ley, específicamente en su artículo cuatro.
dc.descriptionAbogado y Notario
dc.descriptionTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.languagespa
dc.languagespa
dc.titleLa cancelación de la anotación de inmovilización voluntaria
dc.typesoftware, multimedia


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