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dc.contributorVicente García, Gabriela Del Rosario
dc.date2015
dc.date.accessioned2024-07-29T20:21:09Z
dc.date.available2024-07-29T20:21:09Z
dc.identifierhttp://recursosbiblio.url.edu.gt/tesiseortiz/2015/07/01/Vicente- Gabriela.pdf
dc.identifierURL01000000000000000195633
dc.identifier(Aleph)000195633URL01
dc.identifieralma:502URL_INST/bibs/990001956330107696
dc.identifierhttps://crailandivarlibrary.alma.exlibrisgroup.com/discovery/delivery/502URL_INST:502URL/1285245810007696
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/150761
dc.descriptionEl presente trabajo de Investigación resalta la importancia de respetar uno de los derechos fundamentales que se encuentran encuadrados en la Constitución Política de la República de Guatemala, como lo es el de igualdad, siendo que en los Órganos Jurisdiccionales, específicamente los Juzgados de Ejecución Penal del País, no se estaba cumpliendo con este principio, puesto que a los condenados por el Delito de Asesinato, que solicitaban la libertad anticipada, en algunos de los casos los juzgadores les otorgaban el beneficio, y en otros, los juzgadores no se los otorgaban, basándose en que por la gravedad del delito no tenían derecho a obtener su libertad antes de tiempo y porque el artículo ciento treinta y dos del Código Penal es ambiguo, violándose de esta manera el principio constitucional. Sin embargo la Corte de Constitucionalidad se ha pronunciado en cuanto a este problema legal, haciendo una interpretación de dicho artículo indicando que: Se interpretará la norma legal de manera extensiva, favoreciendo al reo, en dicho caso el artículo ciento
dc.descriptiontreinta y dos del Código Penal en su último párrafo se entenderá que si una persona que cometió el delito de asesinato, y que al mismo se le impuso la pena de muerte, pero a la misma se le hizo la conversión por la máxima de prisión, o sea cincuenta años, a ella no se le aplicó la pena de muerte, en ese caso cuando se encuentre cumpliendo la pena, no podrá concedérsele ninguna rebaja de pena; pero si por el contrario, una persona que también cometiere el ilícito penal de asesinato, y que en sentencia firme se le condena solamente a pena de prisión, esta persona sí podrá hacer valer el derecho que le corresponde de solicitar, cuando legalmente sea posible, su libertad anticipada. Criterio que fue difícil que algunos Jueces de Ejecución Penal aplicaran en los casos concretos, logrando al final la aplicación de la Jurisprudencia Constitucional y el cese de la violación del derecho de igualdad de los condenados por el delito de Asesinato.
dc.descriptionAbogado y Notario
dc.descriptionTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.languagespa
dc.languagespa
dc.titleLibertad anticipada a los condenados por el delito de asesinato estudio de casos
dc.typesoftware, multimedia


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