La ejecución de los tratados internacionales en materia de derechos humanos tratados SELF EXECUTING en el ordenamiento interno de los estados
Description
En el presente trabajo de investigación no se determinara la preeminencia del Derecho Internacional sobre el derecho interno, ya que existen disposiciones constitucionales al respecto. Como objetivo de investigación se realizará un análisis doctrinario y legal de la forma de ejecución de los Tratados Auto ejecutables en materia de Derechos Humanos suscritos y ratificados por Guatemala y su aplicación en el ordenamiento jurídico interno, determinando si dichos tratados al tenor del articulo 46 de la Constitución Política de la República de Guatemala, necesitan o no de ciertos actos legislativos internos o de otro carácter para su aplicación en el ordenamiento jurídico guatemalteco. El artículo 46 de la Carta Magna confiere a los tratados sobre Derechos Humanos una categoría y jerarquía especial, teniendo preeminencia sobre el Derecho Interno y en tal virtud su jerarquía es constitucional. Por tanto, los Tratados en materia de Derechos Humanos presentan ciertas características en su aplicación, entre las que podemos mencionar su Auto-ejecutoriedad. En resumen las normas internacionales de derechos humanos son auto ejecutables dentro de la jurisdicción guatemalteca ya que los mismos se han ratificado, de acuerdo a lo establecido en los respectivos Tratados. Esta auto-ejecutoriedad, más la irreversibilidad queda reforzada por la interpretación que podemos hacer del espíritu del artículo 46 de la Constitución Política de la República de Guatemala.Tesis Licenciatura (Abogado y Notario) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales