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dc.contributorChen Xoná, Beatriz Eugenia
dc.date2012
dc.date.accessioned2024-07-29T16:20:37Z
dc.date.available2024-07-29T16:20:37Z
dc.identifierhttp://bibliod.url.edu.gt/Tesis/2012/07/01/Chen-Beatriz.pdf
dc.identifierURL01000000000000000165457
dc.identifier(Aleph)000165457URL01
dc.identifieralma:502URL_INST/bibs/990001654570107696
dc.identifierhttps://crailandivarlibrary.alma.exlibrisgroup.com/discovery/delivery/502URL_INST:502URL/1285715740007696
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/147726
dc.descriptionEl título de la tesis denominado “Análisis jurisprudencial sobre la ejecución de sentencias laborales emitidas por el Juez del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de lo Económico Coactivo del Departamento de Alta Verapaz, sobre la factibilidad de autorizar convenios de pago, después de dictada una sentencia firme”, derivó de una serie de elementos jurídicos discutibles en materia laboral; desde la inobservancia de la ley, la vulneración al principio de irrenunciabilidad de derechos y garantías mínimas. Se logró establecer jurídicamente que los convenios laborales celebrados en donde se disminuyeron, renunciaron, tergiversaron o limitaron derechos y prestaciones laborales eran nulos de pleno derecho, sin embargo se constató que estos convenios son poco frecuentes en cuanto a su homologación por parte de los órganos jurisdiccionales competentes, pero que los factores que determinan la homologación por parte del órgano jurisdiccional competente son de tipo social y económico de la parte actora o demandante. La irrenunciabilidad de los derechos y garantías mínimas laborales establecidas en la Constitución Política de la República de Guatemala y demás leyes de carácter laboral, debe ser acatada por las autoridades tanto administrativas como judiciales. Existen procesos laborales en los cuales la única forma de llevar a cabo el cumplimiento de las obligaciones de pago de prestaciones laborales posterior a una sentencia firme, es mediante un convenio de pago, en donde únicamente se deben de estipular las fechas y número de pagos a realizar sin disminuir, renunciar, tergiversar o limitar derechos o prestaciones laborales; en atención al principio de tutelaridad de Derecho de Trabajo.
dc.descriptionTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.languageesp
dc.languagespa
dc.titleAnálisis jurisprudencial sobre la ejecución de sentencias laborales emitidas por el Juez del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de lo Económico Coactivo del Departamento de Alta Verapaz, sobre la factibilidad de autorizar convenios de pago, después de dictada una sentencia firme
dc.typesoftware, multimedia


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