Necesidad de una ley orgánica para la PGN
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Desde tiempos muy antiguos, los gobernantes han necesitado de una institución que actuara en defensa de sus intereses en diversos ámbitos, desde jurídicos hasta internacionales; es así como nace la PGN, cuyos antecedentes históricos se remontan al sistema jurídico greco-romano, cuna del derecho español, el cual a la vez se vio grandemente influenciado por los ideales de la Revolución Francesa, movimiento que dio lugar a que esa institución trascendiera de defender los intereses de la Corona, a defender los derechos del Estado, del pueblo. Existen indicios que en Guatemala, dicha institución ha existido desde los inicios de la conquista española, sin embargo, la PGN como tal, en su existencia pura, surgió a partir de las reformas constitucionales del año de 1,994; el artículo 252 de la Constitución Política de la República de Guatemala, describe a la PGN, como la institución encargada del ejercicio de la representación jurídica del Estado y de la asesoría y consultoría de los órganos y entidades estatales. Actualmente su organización y sus funciones se encuentran reguladas por la Constitución y por el Decreto número 512 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Ministerio Público, no obstante dicha ley fue creada para regular la organización y las funciones de una institución que anteriormente se denominaba MP, cuya estructura y funciones eran similares a las del actual MP y a las de la PGN; la misma Constitución vigente, en el relacionado artículo 252, señala que en cuanto a la organización y funciones de la PGN, una ley orgánica lo regulará.Tesis Licenciatura (Abogado y Notario) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales