dc.contributor | Arroyo Monahan, Arturo Alberto | |
dc.date | 2015 | |
dc.date.accessioned | 2024-06-27T16:54:31Z | |
dc.date.available | 2024-06-27T16:54:31Z | |
dc.identifier | http://recursosbiblio.url.edu.gt/tesiseortiz/2015/07/01/Arroyo-Arturo.pdf | |
dc.identifier | URL01000000000000000193887 | |
dc.identifier | (Aleph)000193887URL01 | |
dc.identifier | alma:502URL_INST/bibs/990001938870107696 | |
dc.identifier | https://crailandivarlibrary.alma.exlibrisgroup.com/discovery/delivery/502URL_INST:502URL/1285312670007696 | |
dc.identifier.uri | https://hdl.handle.net/20.500.12032/145671 | |
dc.description | El contrato de mutuo tal como lo regula el Código Civil, es aquel contrato por medio del cual una persona entrega a otra algún bien fungible, para que luego la persona a quien se le entrega el bien la devuelva en igual cantidad, especie y calidad. Este contrato representa para las partes negociantes un modelo de contrato bastante accesible para darle vida a su negocio, comúnmente la prestación que se da hacia la persona que presta es un bien mayormente consistente en dinero. Debido a dicha prestación la persona que se desapodera del mismo, generalmente pacta cierto tipo de interés, con el fin de que el contrato pactado le pueda significar más adelante algún provecho para el mismo; por ello es que necesariamente y dada la naturaleza del contrato se pactan los intereses de común acuerdo. La forma por excelencia de extinción de las obligaciones, es el cumplimiento de las mismas, es decir, el pago de la obligación; la circunstancia de que la obligación contraída para con el acreedor por parte del deudor sea pagada conforme el contrato, es lo mejor que le puede suceder; sin embargo, resulta paralelamente la situación en que el deudor incumpla con la obligación, es decir no pague. En orden de que el acreedor se haga con el pago de la obligación, necesariamente deberá entablar un procedimiento de carácter judicial, cuyo procedimiento será un Juicio de Ejecución en Vía de Apremio; dicho juicio y el sistema judicial guatemalteco, representa para el acreedor una serie de gastos | |
dc.description | improvistos y costos, que a la larga la deuda contraída en principio se hará mayor conforme pase el tiempo. Dentro del juicio, existe una etapa procesal en donde se somete a consideración del juez el monto al cual ha ascendido la deuda, monto dentro del cual se incluyen, lógicamente los intereses pactados. Regula el Código Civil guatemalteco, que los jueces pueden reducir los intereses, situación que es muy común, como más adelante se verá. Por lo anterior dentro de la presente investigación, resultó sumamente necesario conocer los criterios bajo los cuales los jueces se amparan para conceder rebajas a los intereses pactados en un inicio de común acuerdo; así mismo, el análisis hacia la legislación bancaria que en determinado momento se aplica hacia procesos de carácter privado, hacia personas que no se encuentran sujetas a supervisión financiera resultó fundamental en orden de poder conocer su aplicación, así también para el correcto cumplimiento de los objetivos trazados. Tras una serie de análisis doctrinario y situaciones reales mediante la implementación de los modelos de instrumentos, se conoce y se concluyen con las interrogantes trazadas dentro de la presente investigación, cuyos fines eran valiosos de verificar para la realización del presente trabajo. | |
dc.description | Abogado y Notario | |
dc.description | Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales | |
dc.language | spa | |
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dc.title | Efectividad de los intereses convencionales dentro del proyecto de liquidación de costas en el juicio ejecutivo en vía de apremio | |
dc.type | software, multimedia | |