Aplicabilidad de la Ley del Tribunal de Cuentas, decreto 1126 en los procesos económicos coactivos relacionados con el cobro de Impuesto Único Sobre Inmuebles
Description
Los tributos son aquellos ingresos creados por el Estado con el fin de obtener aquellos recursos para cumplir con los fines de su creación. Para lograr el desarrollo municipal, el Congreso de la República de Guatemala creó el Impuesto Único Sobre Inmuebles gravando la propiedad de los bienes inmuebles del territorio de la República. Este es enterado al ente acreedor por los contribuyentes, pero existen casos en los que no cumplen. Por tanto, la autoridad administrativa por medio de un procedimiento realiza un cobro, sin embargo, en ciertas ocasiones persiste la actitud omisa. Para el efecto nuestra legislación regia la vía económica coactiva. Sin embargo, existen dos tipos de procesos de dicha naturaleza, el del Decreto 1126 del Congreso de la República, Ley del Tribunal de Cuentas y el del Decreto 6-91 del Congreso de la República, Código Tributario. Actualmente tres entes administran y recaudan el impuesto, la Administración Tributaria para afectos al dos por ciento por millar quien lo traslada a la municipalidad respectiva, el Ministerio de Finanzas Públicas y las municipalidades a las que se le traslade dicha atribuciónModo de acceso: Internet
Tesis de Grado
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales