El registro de los Centros de Arbitraje en la Corte Suprema de Justicia. Estudio Jurídico-Comparativo. Guatemala, Ecuador, Perú y el Salvador
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La presente investigación se realizó debido a la falta de regulación que existe del tema el registro de los Centros de Arbitraje, lo que vulnera la seguridad jurídica garantizada en la Constitución Política de la República de Guatemala a los usuarios que optan por la justicia privada a través del arbitraje, el cual es de gran importancia por ser un método alternativo de resolución de conflictos. Al existir un respaldo por parte del Estado hacia los Centros de Arbitraje se lograría: mayor credibilidad de estas entidades arbitrales administradoras; servicios de calidad; un control estatal de los Centros de Arbitraje que operan a diario y un descongestionamiento de los órganos jurisdiccionales. Por falta de regulación del registro de los Centros de Arbitraje, se comparó con otros ordenamientos jurídicos donde sí existen procedimientos de registro, tal es el caso de: Ecuador, los Centros de Arbitraje se registran en el Consejo de la Judicatura; Perú, las Instituciones Arbitrales se registran en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado; y El Salvador, los Centros de Arbitraje se registran en el Ministerio de Gobernación, tres entidades estatales que previo al registro exigen el cumplimiento de ciertos requisitos legales. Con los aportes de cada país, se estableció que sí existe la necesidad en Guatemala de un registro y por ende un procedimiento para registrar los Centros de Arbitraje, se concluyó que el ente idóneo es la Corte Suprema de Justicia, por ser el más alto tribunal de justicia, lo cual se abordará en el presente estudioAbogado y Notario
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Modo de acceso: Internet