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dc.contributorCajas Quijivix, Indira Yohana
dc.date2014
dc.date.accessioned2024-06-17T14:40:20Z
dc.date.available2024-06-17T14:40:20Z
dc.identifierhttp://biblio3.url.edu.gt/Tesario/2014/07/01/Cajas-Indira.pdf
dc.identifierURL01000000000000000180236
dc.identifier(Aleph)000180236URL01
dc.identifieralma:502URL_INST/bibs/990001802360107696
dc.identifierhttps://crailandivarlibrary.alma.exlibrisgroup.com/discovery/delivery/502URL_INST:502URL/1285260330007696
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/140163
dc.descriptionNo hay ámbito que no sea susceptible de amparo, puede promoverse luego de haberse agotado todos los recursos y procedimientos ordinarios, judiciales o administrativos, establecidos en cada caso, con el objeto de arribar a una efectiva protección de los derechos reconocidos constitucional y legalmente. Sin embargo, el mal planteamiento de la petición de amparo, ante el Tribunal competente, trae como consecuencia desviar el proceso constitucional de amparo, mientras no se subsanen los requisitos iniciales omitidos o se aclare sobre la ambigüedad de los presupuestos procesales del amparo, previo a entrar a conocer de fondo el agravio reclamado, por el órgano constitucional que frente al incumplimiento de lo solicitado puede suspender en definitiva el proceso constitucional de amparo, de donde se deriva la importancia de determinar a través de la presente investigación teórica de tipo jurídico-descriptiva, conforme información obtenida de diferentes fuentes, las causas, el modo y oportunidad procesal de la suspensión del trámite del amparo; el conocimiento que se tiene por parte de litigantes y órganos competentes acerca de la institución procesal que puede utilizarse y procedimiento a aplicarse frente a dicha suspensión, así como el órgano que conoce y resuelve al respecto, debido a que, cuando se suspende el trámite del amparo, se advierte cierta confusión sobre el procedimiento a seguir, y particularmente qué recurso se puede plantear contra un auto que resuelve un asunto de trámite y no de fondo, destacando que la referida garantía constitucional, junto a sus principios, presupuestos, trámite y recursos debe ser utilizada y aplicada en correspondencia con su objeto, fin y procedimiento previstos en la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, en favor de una verdadera justicia constitucional.
dc.descriptionAbogado y Notario
dc.descriptionTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.languagespa
dc.languagespa
dc.titleLa suspensión definitiva del amparo
dc.typesoftware, multimedia


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