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dc.contributorParedes Monzón, Irma Rebeca
dc.date2018
dc.date.accessioned2024-06-17T14:21:25Z
dc.date.available2024-06-17T14:21:25Z
dc.identifierhttp://recursosbiblio.url.edu.gt/tesiseortiz/2018/07/01/Paredes-Irma.pdf
dc.identifierURL01000000000000000216922
dc.identifier(Aleph)000216922URL01
dc.identifieralma:502URL_INST/bibs/990002169220107696
dc.identifierhttps://crailandivarlibrary.alma.exlibrisgroup.com/discovery/delivery/502URL_INST:502URL/1285514710007696
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/139776
dc.descriptionLa Ley contra el lavado de dinero u otros activos regula la acción típica, antijurídica y culpable de este delito, se refiere a los sujetos activos que lo cometen y las sanciones que corresponden, estableciendo la prisión inconmutable de 6 a 20 años, multa con igual valor de los bienes, instrumentos o productos objeto del delito, su comiso, y otras penas accesorias. La pena de multa que se impone a la persona que comete el delito de lavado de dinero u otros activos, constituye un monto cuantioso, mismo que el sentenciado debe pagar en un plazo no mayor de tres días, o bien, mediante amortizaciones periódicas, pagaderas en un plazo que no exceda de un año. Sin embargo, si el sentenciado no hace efectiva la multa, esta pena se transforma en privación de libertad. Al hacerse el cálculo del tiempo que le llevaría al reo cancelar la multa en amortizaciones, se vuelve excesivamente prolongado, al extremo que resulta desproporcionada la reclusión en sustitución de la pena pecuniaria
dc.descriptionAbogado y Notario
dc.descriptionTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.languagespa
dc.languagespa
dc.titleEfectos de la multa en el marco legal genérico de la pena de privación de libertad fijado por el legislador, en los delitos de lavado de dinero u otros activos
dc.typesoftware, multimedia


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