La implementación de juzgados de primera instancia que conozcan la fase intermedia dentro del proceso penal guatemalteco
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El sistema penal, concreta su respuesta, por medio del cumplimiento de las garantías del detenido o procesado, con el sacrificio de la víctima y de la persecución y sanción penal. Sin embargo, en la actualidad, se estima que no se cumple eficientemente con el fin específico que reviste a la Fase Intermedia del Proceso Penal en Guatemala. Por ello, es inexcusable el fortalecimiento del mismo, ya que se ve cuestionada la objetividad del Juez al momento de evaluar si existe suficiente fundamento para someter a uno o varias personas a juicio oral y público, a efecto que se garantice la transparencia del acto de reproche que el Estado señala a una o varias personas de la comisión de ilícitos penales, y así determinar con mayor certeza la figura delictiva imputada. Así pues, si el mismo Juez que ligó a proceso, estimó que se encontraban elementos o indicios suficientes para ordenar el procesamiento de una persona después de la investigación, conoce el acto conclusivo y en caso de acusación, evidentemente se verá comprometido por su criterio inicial, dando lugar a una posible contaminación o predisposición sobre el mismo. Igualmente, se atacaría la mora judicial con Jueces exclusivos de la Fase Intermedia, esto debido a que generalmente las audiencias intermedias se caracterizan por ser extensas, y con ello retrasan el trámite de los demás procesos. Por lo anterior, se hizo un análisis de la viabilidad de la implementación de juzgados que controlen la Etapa Intermedia en el Proceso Penal guatemalteco.Abogado y Notario
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales