Necesidad de reformar las disposiciones relativas al Divorcio por Mutuo Consentimiento establecidas en el Código Procesal Civil y Mercantil, decreto ley no. 107, en virtud de la aplicación de la oralidad en la ciudad de Guatemala mediante el Acuerdo 54-2018 de la Corte Suprema de Justicia
Description
Al aumentar el volumen de trabajo en los procesos de divorcio por mutuo consentimiento, la Corte Suprema de Justicia implementó a través del Acuerdo 54-2018 una reestructuración del modelo de gestión familia, como resultado del mismo se crea el Juzgado Pluripersonal de Primera Instancia de Familia con Competencia Específica para Procesos de Divorcios por Mutuo Consentimiento; aunado a ello en el año 2020, el mismo órgano citado, emite el Acuerdo 8-2020, el cual contiene el Reglamento de Gestión por audiencias aplicable a los Procedimientos de Juicio Oral Relativos a Alimentos y de Jurisdicción Voluntaria Relativos a Divorcio o Separación por Mutuo Consentimiento para los Órganos Jurisdiccionales, ambos con la finalidad de agilizar los divorcios voluntarios, así también adecuarse a las necesidades de la sociedad guatemalteca; en consecuencia, ambas normativas implementan por primera vez la oralidad en la materia, sin embargo el Código Procesal Civil y Mercantil, decreto ley número 107 no obtuvo reformas relacionadas con tal oralidad. Por ende, el presente trabajo de investigación pretende examinar el trámite de divorcios voluntarios exigido por la modalidad procesal y la establecida en los acuerdos indicados, así mismo, el estudio de sus incidencias, repercusiones, ventajas y desventajas en la administración de justiciaModo de acceso Internet
Tesis de Grado
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales