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dc.contributorEstrada Herrera, Karla Dinora
dc.date2016
dc.date.accessioned2024-06-10T19:08:55Z
dc.date.available2024-06-10T19:08:55Z
dc.identifierhttp://recursosbiblio.url.edu.gt/tesiseortiz/2016/07/01/Estrada-Karla.pdf
dc.identifierURL01000000000000000199776
dc.identifier(Aleph)000199776URL01
dc.identifieralma:502URL_INST/bibs/990001997760107696
dc.identifierhttps://crailandivarlibrary.alma.exlibrisgroup.com/discovery/delivery/502URL_INST:502URL/1285569540007696
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/136159
dc.descriptionEl presente trabajo pretende realizar un análisis sobre “las prohibiciones o restricciones de las armas utilizadas en los conflictos armados tanto internacionales como internos”. La Convención, que las regula aplica dos normas consuetudinarias generales del derecho internacional humanitario a armas específicas, a saber, primero la prohibición de emplear armas que tienen efectos indiscriminados, y segundo la prohibición de emplear armas que causan daños superfluos. Dicha Convención, no restringe la obligación de los Estados de abstenerse de usar otras armas que no se mencionan en ella, pero cuyo empleo viole las normas del derecho internacional humanitario. Se han ubicado los orígenes que obligaron a la creación de la Convención, estudiando la actualización de los Protocolos para lograr cubrir la complejidad de los conflictos armados modernos, identificando claramente los tipos de armas no convencionales consideradas excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados y que han sido prohibidas a ser usadas basándose en las características y daños que pueden ocasionar. La pregunta de investigación planteada fue ¿Cuáles son las prohibiciones y/o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente o de efectos indiscriminados; y, la inserción de cuatro protocolos que rigen el uso de armas específicas? Se concluyó que es necesario revisar cada uno de los Protocolos referentes a los armamentos que históricamente se han utilizado en conflictos armas que están siendo prohibidas en el Derecho Internacional Humanitario debido a que causan efectos nefastos en las poblaciones afectadas. Debido a lo cual se proponen mecanismos administrativos para que los Estados Partes unan esfuerzos internacionales desplegados para reducir al mínimo sufrimiento causado por minas terrestres, armas trampa y otros artefactos, para que los Instrumentos Internacionales sean efectivamente aplicados.
dc.descriptionAbogado y Notario
dc.descriptionTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.languagespa
dc.languagespa
dc.titleAnálisis de la convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados
dc.typesoftware, multimedia


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