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dc.contributorAlvarado Rosales, Edwin Rafael
dc.date2009
dc.date.accessioned2024-06-10T18:54:09Z
dc.date.available2024-06-10T18:54:09Z
dc.identifierhttp://bibliod.url.edu.gt/Tesis/07/01/Alvarado-Rosales-Edwin/Alvarado-Rosales-Edwin.pdf
dc.identifierURL01000000000000000134120^^^^
dc.identifier(Aleph)000134120URL01
dc.identifieralma:502URL_INST/bibs/990001341200107696
dc.identifierhttps://crailandivarlibrary.alma.exlibrisgroup.com/discovery/delivery/502URL_INST:502URL/1285614780007696
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/136096
dc.descriptionComo objetivo general de la investigación se formuló el analizar la nulidad en el procedimiento administrativo y establecer la necesidad de su regulación específica en materia administrativa. Los objetivos específicos fueron: el análisis de las características del procedimiento administrativo, sus principios, la nulidad en el área procedimental administrativa, la enmienda de procedimiento, su diferencia con la nulidad, y establecer una propuesta de ley que regule la nulidad en el procedimiento administrativo. Las conclusiones a las que se arribó fueron: Que a excepción de lo establecido en el Código Tributario, la nulidad no se encuentra regulada como instituto jurídico del procedimiento administrativo; La actuación del órgano administrativo dentro del procedimiento, puede dar lugar a que se originen varias clases de nulidad, las cuales como se indicó, no se encuentran reguladas en nuestro andamiaje legal específico Decreto Número 119 – 96 Ley de lo Contencioso Administrativo. Hago eso si, la salvedad de que la única regulación de nulidad, que se encuentra en un procedimiento administrativo guatemalteco, la ubicamos dentro del Artículo 160 del Decreto Número 6-91 del Congreso de la República, Código Tributario; específicamente en el Capítulo VII denominado Impugnación de las Resoluciones de la Administración Tributaria, la cual no constituye un derecho pleno de los administrados, sino un derecho condicional - por que la nulidad de la cual se habla deviene de advertir un vicio sustancial en las actuaciones del procedimiento y no por razones de forma por ejemplo – que burocratiza la resolución de la petición presentada; y, finalmente que existe una tendencia procedimental en la administración pública y entre los particulares a confundir la nulidad con la enmienda al procedimiento.
dc.descriptionTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.languageesp
dc.languagespa
dc.titleLa nulidad en el procesamiento administrativo
dc.typesoftware, multimedia


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