La suspensión en el trabajo sin goce de sueldo como medida disciplinaria en la ley de servicio civil y su reglamento
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El artículo 108 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que las relaciones del Estado y sus entidades descentralizadas o autónomas con sus trabajadores se rigen por la Ley de Servicio Civil, con excepción de aquellas que se rijan por leyes o disposiciones propias. La Ley de Servicio Civil y su Reglamento establecen un régimen disciplinario al cual se encuentran sujetos los servidores públicos, régimen dentro del cual se encuentra la sanción disciplinaria de suspensión en el trabajo sin goce de sueldo. La suspensión en el trabajo sin goce de sueldo es aquella sanción en virtud de la cual se impide al trabajador que preste sus servicios laborales durante determinado tiempo y consecuentemente se le impide que perciba su salario por el tiempo en que no prestó servicio alguno. La aplicación de esta sanción esta supeditada a ciertas formalidades que se estudiarán en el presente trabajo de investigaciónAbogado y Notario
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales