Necesidad de crear una normativa que regule la disposición administrativa de los bienes inmuebles que conforman el patrimonio del Estado
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El ordenamiento jurídico guatemalteco, establece en la Constitución Política de la República y en el Código Civil, que el Estado es propietario de determinados bienes. Dichos bienes son llamados del dominio del poder público y consisten en aquellos que pertenecen de modo privativo al Estado o a los municipios, dividiéndose en bienes de uso público común y de uso especial. El Estado puede disponer administrativamente de tales bienes a través de las figuras de la adscripción, desadscripción y usufructo, las cuales no se encuentran reguladas en el derecho positivo vigente guatemalteco. En este trabajo se desarrollan doctrinariamente temas tales como, los bienes, el dominio público y dominio privado del Estado, el patrimonio del Estado, así como las formas y procedimientos de disposición administrativa de los bienes que lo conforman.Tesis Licenciatura (Abogado y Notario) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales