dc.description | El presente trabajo de tesis partió de la aprobación del Punto Resolutivo 25-2004, en el cual el Consejo Directivo, órgano superior del Fondo de Tierras, resolvió realizar una rebaja sustancial a la tabla de precios para las tierras entregadas por el Estado desde 1962. Dicho punto resolutivo, indica en la sección “Normas Generales”, inciso III.-ii Pagos para saldos al día o pagos al contado, lo siguiente: “El Fondo de Tierras realizará una campaña de comunicación social entre los beneficiarios de tierra entregada por el Estado, para promover el pago, recuperar la cartera y dar cumplimiento al proceso de Regularización, normados en el artículo 42 del Decreto 24-99 del Congreso de la República, Ley del Fondo de Tierras, en aplicación al Reglamento Específico.” Este mandato se consideró como una oportunidad para proponer al Fondo de Tierras una forma diferente de plantear su comunicación, debido al impacto social que tiene la certeza jurídica para las comunidades campesinas e indígenas de Guatemala. Una escritura pública de la tierra en la que han vivido y trabajado por generaciones, puede significar un nuevo horizonte en el desarrollo sociopolítico y económico de las familias de 21 comunidades del municipio de Chisec, departamento de Alta Verapaz. Esto debido a que, esa escritura pública les da la certeza, primero, de que viven en un lugar propio y que nadie se las puede quitar; y mucho menos desalojar, como muchas familias vivieron, a causa del conflicto armado interno. Segundo, con la certeza de que es un terreno propio, tendrán la tranquilidad de solicitar créditos para la implementación de proyectos productivos e incluso de productos no tradicionales, con el objeto de mejorar sus ingresos económicos. | |