El dubitativo criterio judicial para la aplicación de la prisión provisional y la prisión preventiva dentro del Proceso Penal Guatemalteco, una necesaria revisión normativa.
Description
La prisión provisional no está regulada en Guatemala. En países del continente europeo como España y Rusia se toma como sinónimo de la prisión preventiva, en esa línea, el Diccionario de la Real Academia Española, a las frases de prisión provisional y prisión preventiva les da un tratamiento igualitario, es decir, para ambas frases el significado es el mismo. La Real Academia Española es eminentemente lingüística, más no jurídica; en ese orden de ideas, cabe recordar que el derecho guatemalteco es totalmente positivista y en todo lo referente a la rama del Derecho Penal no puede usarse, jamás, la analogía, en tal virtud; no se puede aplicar una acepción (por costumbre), como lo es la detención ó prisión provisional, en el sentido de la aplicación de la prisión preventiva. En el ámbito jurídico, ordenar la prisión preventiva es legal y jurídicamente correcto, toda vez, se halla ordenado al imputado el auto de procesamiento y su situación jurídica, si el Honorable Juzgador así lo estimare, dicta el auto de prisión preventiva, tomando en consideración en primer lugar, si el delito goza o no, de beneficio de una medida sustitutiva y sobre la existencia de uno o ambos peligros procesales, fundamentados en una grave sospecha, que el imputado pueda, fácilmente darse a la fuga, para evadir su posible responsabilidad en la comisión u omisión de un acto de carácter ilícito, o bien, tienda el imputado a obstaculizar la averiguación de la verdad.Tesis de Grado
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Modo de acceso: Internet