dc.description | El objetivo de la presente investigación es establecer si la legislación vigente en Guatemala, aplicable a los exportadores de productos agropecuarios y los productores no autorizados ha facilitado la práctica irregular en la generación del crédito fiscal, susceptible a ser restituido en las solicitudes de devolución del mismo, en los diferentes regímenes del Impuesto al Valor Agregado, Decreto número 27-92 del Congreso de la República de Guatemala, específicamente en el artículo 52 “A”. En dicho artículo se estableció la aplicación de la normativa, cuando los exportadores realizan compras de productos agropecuarios a productores no autorizados por la Administración Tributaria, esta regulación contempla, que deben emitir en forma obligatoria la factura especial, cabe mencionar que con este proceso el exportador no puede reclamar crédito fiscal y como beneficio inmediato compensa el importe como débito y crédito fiscal. Sin embargo, considerando la redacción del artículo, los contribuyentes exportadores agropecuarios en algún momento evitan la emisión de la factura especial, en la compra de productos agropecuarios a productores no autorizados por la Superintendencia de Administración Tributaria, porque cuando se da el proceso de compra, el productor no autorizado emite la factura convencional o normal con que cuenta y en un futuro el exportador procede a solicitar las devoluciones de crédito fiscal generado. | |