Padrões decisórios à brasileira: critérios para fundamentação das decisões judiciais comprometidas com a busca de uma resposta correta e adequada à Constituição
Description
La efectividad y constitucionalidad de la protección judicial, basadas en las premisas de estabilidad, integridad y coherencia del derecho jurisprudencial, constituyen actualmente uno de los temas más relevantes en el estudio del derecho procesal civil moderno, especialmente desde las contribuciones teóricas de la teoría de los estándares vinculantes de toma de decisiones. El desarrollo de este tema, sin embargo, requiere el estudio y el análisis crítico y conceptual que se basará en las tradiciones jurídicas del derecho consuetudinario y el derecho civil. Las reflexiones aquí presentadas, por lo tanto, tienen el alcance de trazar las líneas principales para la identificación de criterios para la aplicación de una teoría de las normas vinculantes de toma de decisiones en el procedimiento civil brasileño, que se harán a partir de las contribuciones técnicas y legislativas contenidas en el Código de Procedimiento Civil de 2015, en la Constitución de la República de 1988 y en la Recomendación nº 134/2022 del Consejo Nacional de Justicia. Para una empresa de este tipo, se estudiarán primero los supuestos esenciales para el razonamiento adecuado de las decisiones judiciales, desde la perspectiva de un derecho constitucionalizado a respuestas correctas. A continuación, se analizarán las perspectivas en las que se desarrollan los precedentes judiciales en las tradiciones jurídicas del common law y el derecho civil, así como los conceptos de los principales institutos aplicables, en particular, para la formación, distinción y superación de precedentes judiciales. Además de presentar los contornos conceptuales de una teoría de patrones de toma de decisiones vinculantes y persuasivos, se presentarán las premisas esenciales para el establecimiento de un modelo y criterios para la aplicación de estándares de toma de decisiones en el derecho brasileño, siempre conformados al Estado Constitucional y al principio de contradicción.Nenhuma