La reciente reforma de la Ley de Timbre Fiscal del estado Bolívar del año 2022, establece el cobro de tasas a través del uso de estampillas y papel sellado por el otorgamiento de autorización de empresas productoras de alcohol e instalación de expendio de bebidas alcohólicas. Además, se auto atribuye el control del ejercicio del expendio de licores al contemplar la posibilidad de sancionar con multas y suspensión el expendio. El presente trabajo pretende demostrar la ilegalidad de las apuntadas sanciones en atención al poder tributario atribuido constitucionalmente en esta materia a los municipios.