Este artículo plantea un interrogante crítico sobre las condiciones del actual régimen jurídico que dictamina la prohibición de las drogas psicoactivas en nuestra sociedad. Considerando en particular la inusitada decisión de sancionar penalmente una conducta definida según el dictamen médico como una enfermedad lo que conlleva la imposición virtual de un doble castigo, tanto natural como social, se discuten diversos aspectos de la notable situación de anomalía jurídica que así se ha provocado. De acuerdo a los datos disponibles sobre la elevada proporción de falta de sustanciación de la sanción penal de los consumidores detenidos, se pone de relieve la problemática hermenéutica referida a la tensión significante entre la generalidad de la ley y su aplicación a los casos concretos. Se plantea en última instancia la consideración de si, en consonancia con una cada vez mayor puesta en cuestión de los criterios discriminatorios de los fundamentos científico filosóficos de la política oficial vigente, semejante situación de falta de aplicación de la ley no expresa sino un rechazo, implícito, de la injusticia de tal modo promovida.