La adopción internacional se encuentra legitimada por la normatividad colombiana vigente, su ejercicio radica en cabeza del ICBF quien a su vez tiene la posibilidad de autorizar otras instituciones para desarrollar programas de adopción. El trámite de adopción consta de una etapa administrativa y otra judicial, donde la autoridad competente debe acreditar estudios y demás requisitos establecidos por la ley, con el fin de evitar arbitrariedades dentro del mismo. Velando por un proceso de ajuste favorable, el ICBF tiene la obligación de llevar a cabo la etapa de seguimiento post adopción, donde se brinda ayuda a familias adoptantes con problemas de adaptación.