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dc.contributor.advisorCastañeda Cepeda, Ingrid
dc.contributor.authorPenagos Figueroa, Mónica Andrea
dc.contributor.authorVirviescas Ibargüen, Danilo Andrés
dc.coverage.spatialColombiaspa
dc.date.accessioned2021-07-14T19:44:40Z
dc.date.accessioned2023-05-11T19:20:13Z
dc.date.available2021-07-14T19:44:40Z
dc.date.available2023-05-11T19:20:13Z
dc.date.created2012
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/113474
dc.description.abstractCerro Matoso, una empresa cuya actividad principal es la extracción de Niquel y su importación, en lingotes, presentó el IVA (Impuesto sobre el valor añadido) de retorno en 2009. En esas declaraciones, tomó como un descuento del IVA pagado algunos gastos predictivo sobre la reparación y mantenimiento de las casas de los empleados de la empresa, la compra de equipo, mantenimiento de clubes, entre otros gastos. La autoridad fiscal colombiano (DIAN) emitió un funcionario asentamiento opinión con respecto a cada una de las declaraciones que consideran que el IVA pagado en la adquisición de todos los conceptos enumerados anteriormente no era aplicable porque los gastos fueron asignados a las operaciones imponibles con el impuesto.spa
dc.formatPDFspa
dc.format.mimetypeapplication/pdfspa
dc.language.isospaspa
dc.publisherPontificia Universidad Javerianaspa
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectColombia. sentencia 16571 de 2010 (abril 15)spa
dc.subjectColombia. Consejo de Estadospa
dc.subjectColombia. Dirección General de Impuestos y Aduanas Nacionalesspa
dc.subjectLaboratorios de cosméticos Vogue S.A. - Impuestosspa
dc.titleAnálisis de la sentencia 16571 del 15 de abril de 2010 - Consejo de Estadospa


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