Frente a la carencia de los mecanismos de resolución de conflictos, tradicionales y alternativos, econtramos la necesidad de crear un modelo de jurisdicción que supla la necesidad del ciudadano de acceder a la administración de justicia para no sólo reconocer la existencia de una obligación civil sino garantizar la indemnización real de un daño que no exceda la cuantía de 10 SMLMV y que únicamente encuadre daños civiles que se deriven de la responsabilidad de un tercero.