El problema de la Subrogación de las ARL frente al tercero civilmente responsable, se suscita en razón a que, la jurisprudencia no ha sido consistente en admitir la consagración legal de la subrogación en favor de la aseguradora de los riesgos laborales, como tampoco lo ha sido en entender los postulados de la responsabilidad civil y, en ultimas, en aceptar que el sistema de riesgos laborales esta cimentado sobre la base de un seguro patrimonial, pues lo que se tiende a proteger, en cierta medida es el propio patrimonio del afiliado asegurado y de su familia, sujetándose el mismo al principio indemnizatorio que rige para este tipo de contratos de seguros. La temática del trabajo de grado, es demostrar que los criterios plasmados en la jurisprudencia, parten por la interpretación disímil de los criterios antes reseñados.