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dc.contributor.advisorJiménez Rodríguez, Rafael Ernesto
dc.contributor.authorCure Vergara, Erika Malitza
dc.coverage.spatialColombiaspa
dc.date.accessioned2022-09-09T17:32:54Z
dc.date.accessioned2023-05-11T17:26:32Z
dc.date.available2022-09-09T17:32:54Z
dc.date.available2023-05-11T17:26:32Z
dc.date.created2003
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/108469
dc.description.abstractCada vez es mayor la injerencia del Derecho en aspectos que informan a la Medicina y en especial a la Psiquiatría, entre los cuales, de manera enunciativa, se encuentran la confidencialidad, el consentimiento informado, la hospitalización voluntaria, y la hospitalización involuntaria de pacientes con trastorno mental. Lo anterior encuentra explicación en el hecho de que tanto el Derecho, como la Psiquiatría, tienen como objeto de estudio la conducta humana: el primero, hace énfasis en el control social; mientras que la segunda, en el aspecto intrapersonal. La diferencia entre una hospitalización voluntaria y una que no lo es, radica básicamente en que, en el caso de la primera, la persona decide por iniciativa propia acudir al lugar donde obtendrá el tratamiento indicado, ya que goza de plena capacidad y autonomía; el paciente asiente no solo el procedimiento, sino la hospitalización en sí a través de la firma de un contrato. Para poder ser admitido, debe tener una orden, generalmente escrita, del médico que lo ha venido tratando; mientras que en el caso de la hospitalización involuntaria, la capacidad del paciente para la toma de decisiones, está en tela de juicio por lo que debe procederse sin o contra su voluntad. La polémica que genera el internamiento involuntario de un paciente con trastorno mental, gira básicamente en torno a aquel que ha sido considerado por nuestro ordenamiento jurídico, no solo como un bien objeto de protección, sino como un derecho fundamental de carácter constitucional, como es la libertad individual. Otro problema en relación con el tema, se suscita cuando se trata de determinar que derecho debe prevalecer a la hora de decidir si debe tener lugar o no una hospitalización involuntaria pues, de un lado está ese derecho a la libertad y, del otro, el interés general en cabeza de la comunidad. Respecto a esto, Solomón, recoge la problemática en estudio, bajo los siguientes términos: “La admisión voluntaria a un hospital psiquiátrico es semejante en cuanto al procedimiento y las consecuencias legales a la admisión a cualquier otro hospital. La admisión involuntaria (internamiento) es una infracción grave a las libertades del paciente y no deberá ser llevada a cabo a la ligera o sin consideración de los enfoques alternativos. El conflicto en el internamiento involuntario en un hospital psiquiátrico radica en la pugna entre derechos y deberes rivales: protección de la comunidad del daño a manos de un enfermo mental, protección del individuo del daño que se pueda infligir a sí mismo y el derecho de todo individuo de llevar y conducir sus propios asuntos sin interferencia. La comunidad tiene derecho a protegerse y a proteger al individuo de su propia enfermedad. Los individuos que protestan su internamiento por lo general no consideran que estén enfermos y que representan una amenaza a la comunidad o a ellos mismos. La evaluación de estos tópicos constituye el punto crucial de una decisión de internamiento. Puesto que los riesgos son elevados, es importante que la evaluación sea hecha cuidadosamente”[1]. Desde el punto de vista legal, ético y psiquiátrico se plantea un cuestionamiento que genera gran controversia cual es el derecho que tiene el paciente a negarse a recibir tratamiento. En la mayoría de los casos el criterio empleado para medir el margen de utilización de este derecho estriba en el concepto de “peligrosidad” que por demás resulta muy ambiguo y no ha sido lo suficientemente desarrollado ni siquiera en el derecho comparado. Tradicionalmente, se ha creído, que una persona que padece un trastorno mental, puede representar un potencial peligro para la comunidad, ante la imposibilidad de gobernarse por sí misma, hasta el punto que puede llegar a ser internada aún sin su voluntad o contra ella. Lo cierto es que una persona que tiene un trastorno mental antes que nada es un enfermo y su internamiento como consecuencia de una decisión médica por razones de peligrosidad personal y colectiva, sin que haya mediado un delito, no es considerada inconstitucional, siempre que el afectado con tal medida no tenga la capacidad que se requiere para dar en forma libre y consciente su consentimiento. Además de los problemas legales que lleva implícita la hospitalización involuntaria, la decisión de internar o no a un enfermo mental envuelve inconvenientes de carácter ético. El psiquiatra debe tener en cuenta además de los elementos estrictamente médicos, criterios de tipo social, tales como el trauma que dicha decisión podría generar en la familia y en general al interior del grupo social en el que se desenvuelve. Otro inconveniente, radica en el hecho de llevar a cabo la hospitalización de pacientes voluntarios e involuntarios bajo el mismo techo, ya que esto complica la concreción de normas, disposiciones y estándares éticos. Una de las diferencias importantes entre el psiquiatra y el abogado radica en sus respectivas actitudes frente al ingreso de un enfermo mental a un hospital. El psiquiatra principalmente vela por el derecho a la salud y a la vida; mientras que el abogado pugna porque se respete la libertad, dignidad y la autonomía, de ahí la necesidad de contar en lo posible con el consentimiento del paciente y, en su defecto, de su representante legal, y con una muy bien estructurada historia clínica. Los médicos ven los procedimientos legales, como obstáculos para la admisión y es por esta razón que en más de una ocasión se han visto envueltos en problemas legales por falta de justificación de su actuación.spa
dc.formatPDFspa
dc.format.mimetypeapplication/pdfspa
dc.language.isospaspa
dc.publisherPontificia Universidad Javerianaspa
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.titleHospitalización involuntaria de pacientes con transtorno mentalspa


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