La política pública de Zonas Francas que como instrumento para atraer la inversión extranjera al país fue adoptada desde el gobierno central es un claro ejemplo de política pública que se construye bajo el paradigma de la globalización y como resultado del trabajo de un grupo especializado que ve la posibilidad de generar mecanismos que permitan aprovechar los beneficios fruto de las dinámicas de la globalización, teniendo en cuenta las debilidades y amenazas del, y para, el territorio colombiano. Que la política pública de Zonas Francas sea el resultado de la acción de un sector no implica que sea del todo una política pública de tipo sectorial y que no tenga en cuenta el aspecto territorial. Por el contrario, se argumentó que la política pública de Zonas Francas es de tipología hibrida, en donde confluyen tanto la lógica sectorial como la lógica territorial aunque en diferente grado según sea el caso. El esquema propuesto para el análisis de la política pública de Zonas Francas y posteriormente de la ilustración de los casos de Zona Franca en La Guajira y Urabá permite comprobar que el grado de sectorialidad o de territorialidad estará condicionado por el origen de procedencia del Usuario Operador, es decir, el encargado de controlar, dirigir y administrar la Zona Franca en conjunción con el modelo de desarrollo que presente el territorio en el cual se implemente la Zona Franca.