"El 22 de julio de 2020 se aprobó el Acto Legislativo 1 de 2020
“Por medio del cual se modifica el artículo 34 de la Constitución
Política, suprimiendo la prohibición de la pena de prisión perpetua y estableciendo la prisión perpetua revisable”. Por considerar que esta norma sustituye la Constitución Política de 1991, algunos integrantes
del Semillero en Derecho Penitenciario de la Pontificia
Universidad Javeriana presentaron una demanda de inconstitucionalidad, la cual fue admitida por la Corte Constitucional mediante
auto del 28 de septiembre de 2020 (expediente D-13839). El presente artículo contiene los argumentos de dicha demanda, en donde se señala que el legislador incurrió en una sustitución de los principios
fundantes sobre los que se erige nuestra norma de normas,
como son la dignidad humana (artículo 1° constitucional) y la posibilidad de resocialización (artículos 10-3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 5-6 de la Convención Americana de Derechos Humanos), la igualdad (artículo 13 constitucional), la libertad y la prohibición de imprescriptibilidad de la penas (artículo 28 constitucional)."