"El Instituto de la Incardinación en muy antiguo, y trata de la vinculación de un clérigo a una Iglesia Particular o en un Instituto de vida Consagrada. Tal vinculación se remonta al tiempo de los Apóstoles, quienes vinculaban a un diácono, presbítero u obispo a una determinada Iglesia. El código actual al igual que el de 1917, privilegia el principio de que ""Todo clérigo esté incardinado de modo que de ninguna manera se admitan los clérigos acéfalos o vagos"" (canon 265)."