Nacional e internacionalmente los pactos colectivos han sido objeto de serios cuestionamientos, se les señala como instrumentos que transgreden el derecho de asociación sindical y debilitan la actuación de los sindicatos. Lo anterior ha propiciado que en Colombia nos encontremos ante una tendencia hacia la eliminación de la figura, que desconoce la dimensión negativa de la libertad sindical, otorga exclusividad a las organizaciones sindicales en la negociación de mejores condiciones laborales y resulta contraria al concepto de diálogo social planteado por la Organización Internacional del Trabajo. Por ello, comprendiendo que lo censurado debe ser el uso abusivo del pacto colectivo y no la existencia misma de la figura, se reconoce la necesidad de ampliar su regulación y continuar sancionando administrativa y judicialmente las conductas antisindicales que se generen con su uso inapropiado.