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Caducidad del medio de control con pretensión de reparación en los casos de responsabilidad extracontractual del estado por muerte y lesiones de conscriptos
La presente investigación realiza un análisis de los diferentes pronunciamientos doctrinarios, académicos y jurisprudenciales, en relación con aquellos conceptos necesarios para el computo de la caducidad en los casos en que se vio comprometida la responsabilidad extracontractual del Estado, frente a los daños sufridos por a los soldados que prestan servicio militar obligatorio.
En la presente monografía se identificaron tres posiciones que ha planteado el Consejo de Estado respecto la aplicación del término de caducidad en el medio de control de reparación directa en conscriptos, la primera posición establece la junta médica como un parámetro importante para empezar a contar el término de caducidad, la segunda posición, replantea la anterior y además establece que la caducidad depende del daño y no de los efectos futuros de este, finalmente, se dispone que pese a la muerte no tener mayor complejidad para el conteo de la caducidad, se pueden presentar algunos casos que dificulten su computo.
Finalmente, se examinaron casos reales en los cuales se da aplicabilidad a la regla general y a la excepción para empezar a contar el término de caducidad fijada en el literal i), numeral 2, artículo 164 de la ley 1437, proponiendo el diagnostico como un parámetro para tu contabilización, esto, no como una regla absoluta sino como un criterio orientador.